Pues bien, en algunas comunidades autónomas, ofrecen deducciones en la declaración de la renta, como Andalucía, Asturias, Islas Baleares, Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana y Madrid.
Me centraré en esta última, que es donde actualmente resido. La ayuda es para menores de 35 años, llegando a deducirse hasta un 20%, con un máximo de 850€ por año.
Para poder marcarlo, tenemos que cumplir una serie de requisitos:
- La base imponible en el IRPF no deberá superar los 25.620 € en declaración individual y los 36.200 € en declaración conjunta, esto es, nuestro salario neto.
- El contribuyente ha de ser menor de 35 años.
- Las cantidades abonadas por el alquiler de la vivienda habitual deben superar el 10 por 100 de la renta del contribuyente en el periodo impositivo, con un alquiler de 300€ de sobra.
- Acreditación del depósito de la fianza correspondiente al alquiler en el Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid. A tales efectos, el contribuyente deberá obtener una copia del resguardo de depósito de la fianza. Esto lo debe hacer vuestro casero, si le pagáis en negro malo, al casero le interesa porque así el también puede desgrabar.
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